UR01b. Licencia de obras para el cierre de solares y terrenos

Descripción

Información general e instancia correspondiente a la solicitud de licencias para el cierre de solares y terrenos (sin proyecto técnico).

¿Quién lo puede solicitar?

Indiferente: personas físicas, personas jurídicas, asociaciones...

Documentación a aportar

  • Instancia de solicitud.
  • Nombramiento del constructor.
  • Recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del último año con el número de referencia catastral.
  • Estudio de seguridad e higiene.
  • Fotocopia de la nota registral, actualizada (solo para terrenos rústicos).
  • Asume de dirección de obra.
  • Autoliquidación de las tasas correspondientes.
  • Autorizaciones previas de carácter sectorial, si aplica (carreteras, costas¿).

Documentación que debe adjuntarse por duplicado + 1 copia en formato digital

  • Presupuesto desglosado.
  • Plano de emplazamiento (NNSS).
  • Plano de situación de la obra (indicando la ubicación de las actuaciones y reculadas prescriptivas).
  • Sección constructiva de la pared a escala y acotado.
  • Memoria justificativa. La memoria debe justificar los artículos 8.2.1, 8.2.2., 8.2.4. y 8.2.5. de las NNSS en el caso de cierres de parcela en suelo rústico, y artículos 3.2.24 en el caso de cierres de parcela o solar en ordenación aislada de suelo urbano.
  • Fotografías del lugar de las obras.

La enumeración de la documentación señalada no exime del / de la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para tramitar la licencia.

Plazo de tramitación

El plazo de tramitación es de 3 meses

Normativa

  • Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenacion y uso del suelo.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases de Régimen Local.
  • Ley 6/1997, de 8 de juliol, de suelo rústico de las Islas Baleares.
  • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1995
  • RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el cual se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, BOE núm.256 de 25 de octubre.
  • Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el cual se regulan las condiciones de higiene e instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas, así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOCAIB de 6 de diciembre).
  • RDL 1/1998, de 27 de febrero sobre infraestructuras comunes en edificios para el acceso a servicios de telecomunicaciones.
  • Decreto 20/2003, de 28 de febrero, por el cual se aprueba el reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB de 18 de marzo).
  • RD 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
  • RD 3288/1978, de 25 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
  • Otra normativa aplicable según el caso

¿Quién tramita la solicitud?

Residenciado 1

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos

Para empresas o asociaciones, ser el representante.

Organismo resolutor

Residenciado 1

Efectos presuntos

Estimatorio

Fin de la vía administrativa

La resolución pone fin a la vía administrativa

 

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