PA09. Bodas civiles

Descripción

Información general e instancia correspondiente a la solicitud de bodas civiles.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas

Documentación a aportar

  • Instancia de la solicitud
  • Fotocopia del NIF de los contrayentes
  • Fotocopia del NIF de los testigos

La enumeración de la documentación señalada no exime al/a la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para la celebración de bodas civiles.

Plazo de tramitación

El plazo de tramitación es de 3 meses

Normativa

  • Ley 35/1994, de 23 de diciembre de modificación del código civil en materia de autorización del matrimonio por alcaldes.

¿Quién tramita la solicitud?

Residenciado 1

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos

La solicitud para la celebración de la boda en el ayuntamiento podrá realizarla cualquier persona interesada

Organismo resolutor

Residenciado 1

Efectos presuntos

Estimatorio

Fin de la vía administrativa

Sin clasificar

 

Plaça de Sant Ignasi 1. 07550 Son Servera (Illes Balears)

Teléfono: 971 567 002 | Fax: 971 568 101

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