PA02. Cambio de domicilio en el término municipal de Son Servera

Descripción

Información general e instancia correspondiente a la solicitud para el cambio de domicilio dentro del término municipal de Son Servera.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas

Documentación a aportar

Si la vivienda en alquilada

  • Instancia de la solicitud firmada por todos los mayores de 18 años.
  • Copia del recibo de contribución de la vivienda (IBI).
  • Copia del contrato de alquiler en vigor.
  • Copia del documento que acredite la identidad (DNI, NIE...) del titular del contrato.
  • Copia del documento que acredite la identidad (DNI, NIE...) del propietario.
  • Copia de los documentos que acrediten la identidad de las personas a empadronar (DNI, NIE...).
  • Libro de familia, en caso de menores sin documento de identidad.

Si la vivienda en propia

  • Instancia de la solicitud firmada por todos los mayores de 18 años.
  • Copia del recibo de contribución de la vivienda (IBI).
  • Copia del documento que acredite la identidad (DNI, NIE...) del titular del recibo de contribución.
  • Copia de los documentos que acrediten la identidad de las personas a empadronar (DNI, NIE...).
  • Libro de familia, en caso de menores sin documento de identidad.

La enumeración de la documentación señalada no exime al / la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para tramitar la solicitud.

Plazo de tramitación

El plazo de tramitación es de 1 meses

Normativa

  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales.
  • Ley 7/1985, de 5 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

¿Quién tramita la solicitud?

Residenciado 1

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos

Estar empadronado en el término municipal de Son Servera

Organismo resolutor

Residenciado 1

Efectos presuntos

Estimatorio

Fin de la vía administrativa

La resolución no pone fin a via administrativa

Recursos

Alzada

Más información

Conforme con lo dispuesto en el art.16.1 2º párrafo, de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberán ser objeto de renovación periódica cada dos años.

El transcurso del plazo señalada será causa para acordar la caducidad de la inscripción, siempre que el interesado no hubiera procedido a tal renovación.

 

Plaça de Sant Ignasi 1. 07550 Son Servera (Illes Balears)

Teléfono: 971 567 002 | Fax: 971 568 101

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