PA04. Baja del padrón

Descripción

Información general e instancia correspondiente a la solicitud de baja en el padrón.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas que se trasladen al extranjero

Documentación a aportar

  • Instancia de la solicitud
  • Original y fotocopia del documento que acredite la identidad de las personas inscritas (NIF, NIE...).
  • Para menores de quince años, original y fotocopia del libro de familia.

La enumeración de la documentación señalada no exime al / la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para tramitar la baja en el padrón.

Plazo de tramitación

El plazo de tramitación es de 1 meses

Normativa

  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales.
  • Ley 7/1985, de 5 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

¿Quién tramita la solicitud?

Residenciado 1

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos

Residencia en el término municipal de Son Servera.

Organismo resolutor

Residenciado 1

Efectos presuntos

Estimatorio

Fin de la vía administrativa

La resolución no pone fin a via administrativa

Recursos

Alzada

 

Plaça de Sant Ignasi 1. 07550 Son Servera (Illes Balears)

Teléfono: 971 567 002 | Fax: 971 568 101

ajuntament@sonservera.es - incidencies.portal@sonservera.es

Panel Cookies