AC08. Declaración responsable de inicio y ejercicio de actividad itinerante mayor / menor

Descripción

Información general e instancia correspondiente a la declaración responsable de inicio y ejercicio de actividad itinerante mayor / menor

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas y jurídicas; privadas o públicas

Documentación a aportar

  • Instancia de la declaración responsable
  • Resolución de inscripción en el Registro Autonómico de Actividades Itinerantes
  • Plano de emplazamiento de la actividad itinerante a escala adecuada.
  • Acreditación de la autorización del órgano competente cuando se ubique en dominio público

La enumeración de la documentación señalada no exime el / la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para tramitar la declaración responsable.

Documentación que debe estar en el lugar donde se desarrolle la actividad itinerante

  • Proyecto tipo inscrito en la Consejería competente en materia de actividades y copia de la inscripción en el Registro Autonómico de Actividades Itinerantes, así como la documentación que el proyecto tipo indique expresamente
  • Póliza de responsabilidad civil vigente y documento acreditativo de estar al corriente de pago
  • Autorizaciones preceptivas para el funcionamiento de la actividad y la inscripción en el Registro General de Planes de Autoprotección
  • Manuales de usuario, instalación y mantenimiento, si aplica

En caso de actividad itinerante mayor, deberá tenerse además la siguiente documentación:

  • Libro de incidencias, mantenimiento e inspección diligenciado por la Consellería competente, en materia de actividades clasificadas y espectáculos públicos
  • Certificado de laboratorio o entidad cualificada que garantice que no existen microfisuras estructurales y otros daños causados por fatiga del material, mal funcionamiento o averías en las estructuras o elementos en movimiento que desplacen usuarios o soporten estas estructuras (el certificado se emite cada 4 años desde la fecha de convalidación del proyecto tipo)

Normativa

  • Ley 07/2013 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares (BOIB núm.166 de 30 de noviembre).
  • Decreto Ley 7/2012, de 15 de junio de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, y otras actividades.
  • Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Islas Baleares de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

¿Quién tramita la solicitud?

Residenciado 1

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos

Disponer del proyecto tipo convalidado por la consejería competente en materia de licencia de actividades del Gobierno de las Islas Baleares y disponer de la resolución de inscripción en el Registro Autonómico de Actividades Itinerantes.

Organismo resolutor

Residenciado 1

Efectos presuntos

Estimatorio

Fin de la vía administrativa

La resolución pone fin a la vía administrativa

Recursos

Reposición potestativo y contencioso administrativo

Más información

DT 6ª Ley 7/2013.- Antes del 1 de enero de 2016, las actividades anteriormente clasificadas como temporales no convalidables con proyecto tipo y con fecha de visado anterior a la entrada en vigor de esta ley que pretendan continuar con su actividad, deberán inscribirse en el Registro autonómico de actividades itinerantes

 

Plaça de Sant Ignasi 1. 07550 Son Servera (Illes Balears)

Teléfono: 971 567 002 | Fax: 971 568 101

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