Información general e instancia correspondiente a la solicitud de certificados de reagrupación familiar.
¿Quién lo puede solicitar?
Personas físicas
Documentación a aportar
Instancia de la solicitud
Fotocopia del permiso de residencia en vigor
Documento que acredite la ocupación de la vivienda: original de la escritura o contrato de alquiler, a nombre de la persona solicitante
Certificado de convivencia
Fotocopia del pasaporte, documento de identificación o libro de familia donde consten las personas que deben reagruparse
Documento que acredite la relación de parentesco del solicitante con el reagrupante.
Comprobante del pago de la tasa correspondiente.
La enumeración de la documentación señalada no exime al / la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para obtener el certificado.
Plazo de tramitación
El plazo de tramitación es de 1 meses
Normativa
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales.
Ley 7/1985, de 5 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
¿Quién tramita la solicitud?
Residenciado 1
Forma de iniciación
A petición del interesado
Requisitos
Residencia en el término municipal de Son Servera.
Organismo resolutor
Residenciado 1
Efectos presuntos
Estimatorio
Fin de la vía administrativa
La resolución no pone fin a via administrativa
Recursos
Alzada
Más información
El informe se emitirá únicamente con los datos que figuran en el censo padrón municipal en la fecha de la solicitud.
Las inspecciones se realizarán por riguroso orden de fecha de presentación de instancias.
El orden no podrá ser nunca alterado, puesto que implicaría responsabilidad disciplinaria del personal funcionario, según la Ley 30/1992, art.74.2.
La falta de alguno de los documentos que deben aportarse junto con la solicitud, dará lugar a la no emisión del informe y al archivo del expediente, sin más trámites.
La persona solicitante se responsabiliza de la veracidad de todos los datos consignados en la solicitud. La falsedad en ésta podrá dar lugar a responsabilidad administrativa o penal.