UR01. Licencia de obra mayor

Descripción

Información general e instancia correspondiente a la solicitud para la licencia de una obra mayor.

¿Quién lo puede solicitar?

Indiferente: personas físicas, personas jurídicas, asociaciones...

Documentación a aportar

Proyecto básico:

  • Instancia de la solicitud
  • 2 copias del proyecto básico (uno más por cada organismo competente afectado que al que el ayuntamiento deba solicitar informe)
  • 1 copia del proyecto básico en formato digital
  • Acreditación de representación (en caso necesario)
  • Hoja estadística del MOPU
  • Recibo de contribución del último año
  • Fotocopia de la nota registral actualizada (para terrenos rústicos)
  • Fotografías, una de la izquierda y otra de la derecha de la fachada del solar, donde puedan verse los edificios vecinos
  • Autoliquidación de las tasas correspondientes
  • Otros (especificar)

Proyecto de ejecución:

  • Instancia de la solicitud
  • 2 copias del proyecto de ejecución
  • 1 copia del proyecto de ejecución en formato digital
  • Estudio de seguridad y salud
  • Asume de la dirección de obra por parte del arquitecto
  • Asume de la dirección de ejecución material de la obra por parte del aparejador
  • Proyecto de infraestructuras comunes a los edificios de viviendas para el acceso a servicios de Telecomunicaciones (en caso necesario, solo en casos de división horizontal)
  • Nombramiento del constructor
  • Declaración censal de inicio de activitat de la empresa constructora
  • Evaluación de residuos que se generaran en la obra y el coste de gestión. Fichas justificativas visadas por el Colegio del técnico competente
  • Contrato firmado con la gestoría de residuos (MAC insular)
  • Original del ingreso de la fianza de los Residuos depositada en el Consejo Insular de Mallorca
  • Autoliquidación de las tasas correspondientes
  • Otras (especificar)

La enumeración de la documentación señalada no exime el / la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para tramitar la licencia de obras.

Plazo de tramitación

El plazo de tramitación es de 3 meses

Normativa

  • Ley 2/2014. de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones.
  • Ley 6/1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Islas Baleares.
  • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Local, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1995.
  • RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el cual se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, BOE núm.256 de 25 de octubre.
  • Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el cual se regulan las condiciones de higiene e instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas, así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOIB de 6 de diciembre).
  • RDL 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación
  • Decreto20/2003, de 28 de febrero por el cual se aprueba el reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB de 18 de marzo)
  • RD 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
  • RD 3288/1978, de 25 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
  • Resolución de inicio del servicio público obligatorio insularizado para la gestión de residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca (BOIB núm.171 de data 15-11-2005).
  • RD 314/2006, de 17 de marzo, por el cual se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
  • Otra normativa aplicable según el caso

¿Quién tramita la solicitud?

Residenciado 1

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos

Para empresas o asociaciones, ser el representante

Organismo resolutor

Residenciado 1

Efectos presuntos

Estimatorio

Fin de la vía administrativa

La resolución pone fin a la vía administrativa

Recursos

Recurso de reposición y recurso contencioso administrativo

 

Plaça de Sant Ignasi 1. 07550 Son Servera (Illes Balears)

Teléfono: 971 567 002 | Fax: 971 568 101

ajuntament@sonservera.es - incidencies.portal@sonservera.es

Panel Cookies