El Ayuntamiento ayuda a las familias en la compra de libros de texto

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En total, destinará 17.000 € a las familias con rentas más bajas, monoparentales o numerosas para el curso 2006-2007

El Ayuntamiento de Son Servera ayudará a las familias del municipio en la compra de libros de texto para el nuevo curso escolar 2006-07. En total, destinará 17.000 € a ayudar a las familias con rentas más bajas, monoparentales o numerosas, en la compra de los libros que sus hijos necesitarán para el próximo curso escolar.

"Tenemos la intención de poder llegar a unas 200 familias. Nuestro municipio basa su economía, principalmente, en el turismo y a algunas familias les cuesta llegar a fin de mes, sobre todo en temporada turística baja. Por eso hemos pensado que aportar unos 100 € de media, por familia, para la compra de los libros de los niños, puede ser una ayuda interesante", explica Damià Ripoll, alcalde de Son Servera.

Las becas se dirigen a los alumnos de educación infantil, primaria y secundaria que estén empadronados en el municipio de Son Servera. Se destinarán:

  • 4.000€ para educación infantil, repartidos en becas de 25 € para cada alumno
  • 13.000€ para educación primaria y secundaria, repartidos en becas de 50 € para cada alumno

Condiciones a cumplir para poder solicitar la ayuda
Podrán solicitar becas las unidades familiares con la renta de 2005 no superior a:

  • Familias de 2 miembros: 7.572,60 €
  • Familias de 3 miembros: 15.145,20 €
  • Familias de 4 miembros: 22.717,80 €
  • Familias de 5 miembros: 30.290,40 €
  • Familias de 6 miembros: 37.863,00 €
  • Familias de 7 miembros: 45.435,60 €

Para la concesión de las becas se tendrán en cuenta los siguientes baremos de valoración

  • Familias monoparentales 3 puntos
  • Menor con calificación de minusvalía 2 puntos
  • Título de familia numerosa actualizado 1 punto

Si el número de demandas fuera superior a la partida destinada y no se pudiesen atender a todas, la distribución dentro de cada grupo se realizará atendiendo al orden inverso de la magnitud de la renta per capita de la familia solicitante.

Para acceder a estas aportaciones se deberá presentar una solicitud en el Ayuntamiento de Son Servera a partir del día 2 de octubre de 2006 hasta el día 31 del mismo mes, junto con la siguiente documentación:

  • Solicitud debidamente cumplimentada
  • Fotocopia declaración de la renta 2005 o certificado negativo de Hacienda
  • Fotocopia DNI solicitante
  • Fotocopia Libro de Familia
  • Certificado de convivencia
  • Declaración jurada de que los datos facilitados son ciertos
  • Factura compulsada
  • Declaración jurada de no ser beneficiario de otra subvención otorgada por otros entes públicos o privados, con la misma finalidad
  • Declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las causas señaladas como incompatibles para obtener la subvención que solicita.
  • Acreditación de estar al corriente del pago de todo tipo de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento

"El equipo de gobierno del Ayuntamiento no debe pensar sólo en la mejora de las infraestructuras. Eso está muy bien y es muy necesario, pero también lo son acciones como esta que, aunque menos espectaculares, no dejan de ser importantes", asegura la regidora de Educación y Juventud, Francesca Martí.

Esta es la primera vez que el Ayuntamiento de Son Servera ayuda en la compra de libros de texto a las familias del municipio. El consistorio pagará, directamente a las familias, el valor en euros de las becas otorgadas, en un plazo de tres meses.

No podrán optar a las ayudas a aquellos núcleos familiares que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Haber sido condenados mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, encontrarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
  • Haber dado lugar, por causa de la cual hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquiera contrato celebrado con la Administración.
  • Estar incursa la persona en algún de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de Otros cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados a la ley Orgánica, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
  • No encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o ante de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente
  • Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraiso fiscal.
  • No encontrarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinan.


 

 
 

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