De acuerdo con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, el Ayuntamiento de Son Servera informa que los proveedores podrán expedir y remitir sus facturas al ayuntamiento en formato electrónico. No obstante, y a partir del próximo 15 de enero de 2015, estarán obligados al uso de la factura electrónica, independientemente del importe de ésta, todos aquellos proveedores que pertenezcan a alguno de los colectivos siguientes: a) sociedades anónimas Así, será requisito imprescindible el uso de la factura electrónica para que ésta entre el proceso de pago de ésta. No obstante, y con tal de facilitar el proceso de facturación a los proveedores, el Ayuntamiento está llevando a cabo los trámites necesarios para que todos aquellos proveedores que pertenezcan a alguno de los colectivos indicados, y que su factura no supere los 5.000 €, queden exentos de la obligatoriedad de presentar factura electrónica, pudiéndolo hacer de la forma tradicional a partir del 1 de marzo. Podéis encontrar más información al respecto, así como los aplicativos para generar facturas en la dirección web https://face.gob.es/es/
b) sociedades de responsabilidad limitada
c) personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que no tengan nacionalidad española
d) establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria
e) uniones temporales de empresas
f) agrupaciones de interés económico, agrupación de interés económico europea, fondos de pensiones, fondos de capital de riesgo, fondos de inversión, fondos de utilización de activos, fondos de regularización del mercado hipotecario, fondos de titularización hipotecaria o fondos de garantía de inversiones
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